LEY SEGUNDA OPORTUNIDAD
Como consecuencia de la crisis económica y el sobrendeudamiento de las familias españolas, muchas personas han visto como embargan sus bienes, sus viviendas son vendidas en subasta, sus ingresos retenidos, y un buen número de reclamaciones judiciales les hacen la vida más difícil, a pesar incluso, de que en la actualidad se encuentren trabajando, o intentando nuevamente emprender.
En España, existe la protección universal del derecho de crédito, refrendada por el artículo 1911 del CODIGO CIVIL, el cual establece: “Del cumplimiento de las obligaciones responde el deudor con todos sus bienes presentes y futuros” Es por ello que el estado promulgó el RD 25/2015, la llamada Ley de Segunda Oportunidad, para de este modo, facilitar la reinserción de estas personas en la vida financiera. En la actualidad ya contamos con sentencias muy favorables a los deudores de buena fe, pudiendo decir con rotundidad, que aunque dicha Ley es insuficiente, es una luz en nuestra legislación.
En estos momentos, y como consecuencia de esta novedad legislativa, es posible que una persona física sea exonerada de sus deudas, mediante un procedimiento de concurso personal, sin que necesariamente tenga que llegar a pagar todo lo que debe.
Lamentablemente la exoneración no llega a los créditos públicos, Hacienda y la Seguridad Social, pero las mismas también pueden ser aplazadas hasta un máximo de 10 años, con intereses a 0%.
Para valorar su situación personal, es necesario consultar a profesionales especialistas en morosidad, dado que existen muchos derechos a los que puede acogerse un deudor que son de total desconocimiento por parte de la población en general, quienes en la mayoría de casos no acude en busca de asesoramiento especializado.
En Comercial & Legal, lo podemos orientar sobre qué hacer si se encuentra en esta situación de precariedad financiera, agobiado por los embargos, preocupado por las deudas, por la subasta de su finca, o por las demandas judiciales, si se encuentra en el ASNEF o en cualquier otro registro y quiere salir de él.

EN COMERCIALANDLEGAL LE DAMOS LOS SIGUIENTES BENEFICIOS DE ASESORAMIENTO:
- Ahorro de dinero mediante la eliminación de cobros injustos.
- Tiempo para buscar alternativas, re-negociar y reunir el dinero.
- Mejoras en las opciones de negociación con el acreedor.
- Cese del hostigamiento por parte de los acreedores.
- Representación en los procesos judiciales y presentación del concurso de persona física.
